Elnotario público o el corredor público son dos profesionales del derecho que dentro de sus facultades cuentan con la calidad de Fedatarios públicos, ¿pero en qué se diferencian?. La fedación delegada a ciertos profesionales dentro del campo del derecho como Notarios y Corredores Públicos encuentran muchas similitudes aunque tiende a Diferenciasentre las funciones del notario publico y el corredor publico . Lerma Villegas, Susana Atenea. Facultad de Derecho, ULSAB, Tesis, y cosechado de Repositorio de la Dirección General de Bibliotecas y Servicios Digitales de Información Funcionesdel corredor público. El artículo 6o. de la LFCP señala que al corredor público le corresponde actuar o fungir como: 1. Agente mediador: para transmitir e intercambiar propuestas entre dos o más partes y asesorar en la celebración o ajuste de cualquier contrato o convenio de naturaleza mercantil. 2. Registrode la Propiedad. Notarios. A lo largo de la vida existen diversas circunstancias, como la compra de una vivienda, la aceptación de una herencia, etc. por las que vas a necesitar acudir a un Notario y/o a un Registrador de la Propiedad, con el fin de que como fedatarios públicos den validez a los documentos que autorizan. Elnotario y el corredor público son funcionarios con fe pública que brindan servicios jurídicos, pero con diferencias en su ámbito y funciones. El notario puede dar fe a CorredorPúblico Es el agente auxiliar del comercio que brinda un servicio profesional, desempeñando las funciones que establece la Ley Federal de Correduría Pública, su Reglamento y los ordenamientos jurídicos aplicables en materia mercantil. Son obligaciones del corredor público : • Ejercer personalmente su función con probidad Notariosy corredores públicos: fe pública para particulares - Líder Empresarial. De interés. Hay una diferencia clave entre un notario y un corredor; el cuadrocomparativo que describe semejanzas y diferencias entre notario Arculo 12 de la Ley Federal de Correduría Publica. La persona habilitada para ejercer como corredor público, previamente al inicio de sus funciones, deberá: I.- Otorgar la garana que señale la Secretaría; II.-. Proveerse a su costa de sello y libro de registro Laprincipal diferencia entre ambos documentos está en la fuerza legal de sus obligaciones. A continuación te contamos más detalles de cada tipo: Escritura pública. Se define como un “instrumento público o auténtico, otorgado con las solemnidades que fija la ley, por el competente notario e incorporado en su protocolo o registro Portalde trámites y servicios sat. Si decides hacer uso de esta opción, el notario o corredor público te brindará el servicio adicional de inscripción en el RFC y expedición de la Cédula de Identificación Fiscal, todo de forma inmediata y sin necesidad de que debas acudir a una oficina del SAT. .

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